Capítulo CAPÍTULO V

Art. Disposición transitoria quinta

En vigor desde 13 ene 2007
(Derogada) Se deroga por el art. únco del Real Decreto-Ley 1/2007, de 12 de enero. Ref. BOE-A-2007-739

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eli/es/l/2005/12/26/28#disposicion-transitoria-quinta

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