Título TÍTULO IV

Art. Disposición adicional undécima

En vigor desde 20 jul 2006
La Administración General del Estado pondrá en marcha, en un plazo de seis meses desde la entrada en vigor de esta Ley, un Plan de Formación específico tendente a sensibilizar al personal a su servicio respecto de los derechos y las obligaciones previstos en esta Ley.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/l/2006/07/18/27#disposicion-adicional-undecima

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil