Título TÍTULO III
Art. Disposición derogatoria segunda
En vigor desde 6 ago 1999
Se suprimen las cooperativas de integración creadas al amparo de lo dispuesto en la disposición adicional tercera del Real Decreto 84/1993, de 22 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 13/1989, de 26 de mayo, de Cooperativas de Crédito, sin perjuicio de lo establecido en la disposición transitoria segunda de la presente Ley.
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Proeli/es/l/1999/07/16/27#disposicion-derogatoria-segunda