Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO VIII
Art. 146
En vigor desde 25 dic 2018
Las familias acogedoras colaborarán con la administración de la Generalitat en el ejercicio de sus funciones de protección, procurando una atención integral y la mejora de la calidad de vida de las niñas, niños y adolescentes que se encuentren bajo tutela o guarda de la Generalitat, mediante su integración en un núcleo familiar de forma temporal o estable.
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Proeli/es-vc/l/2018/12/21/26#art-146