Capítulo CAPÍTULO III

Art. 8

En vigor desde 2 ene 2023
1. El operador económico que ponga un precursor de explosivos restringido a disposición de otro operador económico, dejará constancia de haberle informado de que su adquisición, introducción, posesión o utilización por los particulares está prohibida, a excepción de aquellos que estén en posesión de una licencia en vigor, y por las cantidades, concentraciones y usos fijados en la misma. 2. El operador económico que ponga precursores de explosivos regulados a disposición de otro operador económico, dejará constancia de haberle informado de que su adquisición, introducción, posesión o utilización por los particulares está sujeta a la obligación de notificación de desapariciones y sustracciones de los mismos. 3. El operador económico que ponga precursores de explosivos regulados a disposición de usuarios profesionales o de particulares, garantizará y podrá demostrar a las autoridades de inspección, que los miembros de su personal que intervengan en la venta de dichos precursores, están instruidos sobre las obligaciones establecidas en los artículos 5 al 9 del Reglamento (UE) n.º 2019/1148, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019 y especialmente: a) Conocer cuáles de los productos puestos a disposición contienen precursores de explosivos regulados; b) La prohibición de la venta de precursores de explosivos restringidos a los particulares, a excepción de aquellos que hayan obtenido la licencia, y solo por las cantidades y concentraciones máximas fijadas en la misma; c) La notificación de las transacciones sospechosas o intentos de estas, y las desapariciones y sustracciones de las que tenga conocimiento. 4. Los mercados en línea deberán tomar medidas para informar de manera clara y efectiva de las obligaciones establecidas en el Reglamento (UE) n.º 2019/1148, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, y en esta ley, a aquellas de sus personas usuarias que tengan intención de poner a disposición de terceros precursores de explosivos regulados.
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eli/es/l/2022/12/01/25#art-8

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