Libro LIBRO SEGUNDOTítulo TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO ISecc. Sección 4.ª Las donaciones por razón de matrimonio otorgadas fuera de capítulos matrimoniales

Art. 231

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En vigor desde 1 ene 2011
Las donaciones que uno de los contrayentes otorga fuera de capítulos matrimoniales a favor del otro en consideración al matrimonio y las que otorguen otras personas por la misma razón se rigen por las reglas generales de las donaciones, salvo lo establecido por la presente sección.
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eli/es-ct/l/2010/07/29/25#art-231-26

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