Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición final segunda
En vigor desde 30 dic 1997
Esta Ley entrará en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial de las Comunidad de Madrid», siendo también publicada en el «Boletín Oficial del Estado».
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Proeli/es-md/l/1997/12/26/25#disposicion-final-segunda