Título TÍTULO V

Art. Disposición final segunda

En vigor desde 1 ene 2021
Se modifica el artículo 35 de la Ley 17/2017, de 13 de diciembre, de la Generalitat, de coordinación de policías locales de la Comunitat Valenciana, con la incorporación de un punto 5 y se añade una nueva disposición transitoria con el siguiente contenido: 35.5 La policía local de municipios de más de 50.000 habitantes contará con un grupo especializado en la prevención de los delitos de odio.» «Nueva disposición transitoria. Los grupos policiales a los que hace referencia el artículo 35.5 de la presente ley deberán estar creados antes del 1 de enero de 2023 y se constituirán en el marco de la colaboración con los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado.» Se modifica por el de la Ley 3/2020, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-2021-1859#a6-6

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eli/es-vc/l/2018/11/29/23#disposicion-final-segunda

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