Título TÍTULO XI
Art. 151
En vigor desde 31 dic 2006
La representación y la defensa en juicio y el asesoramiento de patronatos, fundaciones y empresas públicas municipales o participadas por el Ayuntamiento, pueden ser asumidas por el Departamento de servicios jurídicos municipal, mediante la elaboración de convenios de cooperación entre la corporación y las entidades respectivas.
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Proeli/es-ib/l/2006/12/20/23#art-151