Título TÍTULO VIICapítulo CAPÍTULO XII

Art. 108

En vigor desde 31 dic 2006
El Ayuntamiento de Palma de Mallorca conservará en su funcionariado la denominación de los cargos municipales históricos, meramente a efectos históricos y culturales y sin otorgar ningún tipo de derecho específico adicional por esta circunstancia.
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eli/es-ib/l/2006/12/20/23#art-108

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