Título TÍTULO VIII

Art. Disposición adicional cuadragésima tercera

En vigor desde 1 ene 2022
Durante el año 2022 las cuantías mensuales reconocidas a favor de las personas contaminadas por el Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH), establecidas en las letras b), c) y d) del artículo 2.1 del Real Decreto-ley 9/1993, de 28 de mayo, por el que se conceden ayudas a los afectados por el Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH) como consecuencia de actuaciones realizadas en el sistema sanitario público, se determinarán mediante la aplicación de las proporciones reguladas en las letras citadas sobre el importe de 664,44 euros.
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eli/es/l/2021/12/28/22#disposicion-adicional-cuadragesima-tercera

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