Título TÍTULO VIICapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición transitoria séptima

En vigor desde 30 jul 2011
El funcionamiento del Registro de producción y gestión de residuos se basará en un convenio de colaboración entre las administraciones competentes en tanto en cuanto no se dicte el reglamento de desarrollo de dicho Registro.
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eli/es/l/2011/07/28/22#disposicion-transitoria-septima

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