Capítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección 2.ª Organización

Art. 30

En vigor desde 13 ago 2002
1. Son órganos rectores de la federación Nacional Catalana de Cofradías de Pescadores: a) La junta general. b) El comité ejecutivo. c) El presidente o presidenta. 2. Los órganos rectores tienen carácter representativo y sus componentes son elegidos por un período de cuatro años y pueden ser reelegidos. 3. La junta general es el órgano superior de representación de la federación Nacional Catalana de Cofradías de Pescadores. Está integrada por el presidente o presidenta y por el vicepresidente primero o vicepresidenta primera de cada cofradía integrada en su federación territorial. 4. El Comité ejecutivo es el órgano de dirección, administración y gestión de la federación Nacional Catalana de Cofradías de Pescadores. Los estatutos han de determinar su composición. 5. El presidente o presidenta de la federación Nacional Catalana de Cofradías de Pescadores ejerce su representación y preside sus órganos colegiados. Es escogido por la junta general de entre sus miembros. Los estatutos pueden regular el número máximo de mandatos para los que puede ser reelegido.
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eli/es-ct/l/2002/07/12/22#art-30

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