Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO III

Art. 43

En vigor desde 28 ene 1999
1. Los vecinos de Barcelona tienen derecho a ser protegidos por el Ayuntamiento ante las compañías públicas y privadas prestadoras de servicios públicos. 2. Con esta finalidad, y sin perjuicio de otras actuaciones, los ciudadanos pueden hacer uso del procedimiento arbitral municipal regulado en el artículo 141.
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eli/es-ct/l/1998/12/30/22#art-43

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