Título TÍTULO X
Art. Disposición adicional primera
En vigor desde 1 jun 2025
En el caso de que durante la tramitación de un procedimiento de creación o constitución de una mancomunidad se celebraran elecciones municipales, este quedará en suspenso hasta tanto sean designados los nuevos representantes de los municipios que resulten del proceso electoral.
Se modifica por el art. 72 de la Ley 5/2025, de 30 de mayo. Ref. BOE-A-2025-11959
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Proeli/es-vc/l/2018/10/16/21#disposicion-adicional-primera