Título TÍTULO X

Art. 50

En vigor desde 1 jun 2025
1. Las mancomunidades podrán celebrar convenios de cooperación o asumir funciones en coordinación con otras administraciones públicas, orientadas exclusivamente a la realización de obras y la prestación de los servicios públicos que, estando incluidos dentro de su objeto y fines, sean necesarios para que los municipios puedan ejercer las competencias o prestar los servicios previstos en la legislación de régimen local vigente. 2. (Suprimido) 3. (Suprimido) 4. Las inversiones propuestas por las mancomunidades que supongan ejecución de obras y servicios en beneficio de varios municipios tendrán carácter prioritario en los planes provinciales de obras y servicios, así como dentro de los programas y planes de inversiones de los distintos departamentos de la Generalitat. A estos efectos, dichos planes y programas deberán contar con un apartado destinado a obras y servicios de interés intermunicipal que sean realizados o prestados por las citadas entidades. Se declara la no inconstitucionalidad del apartado 4, siempre que se interprete conforme al fundamento jurídico 7.c), por Sentencia 105/2019, de 19 de septiembre. Ref. BOE-A-2019-14726 5. La Generalitat y las diputaciones provinciales fomentarán que se dé participación a las mancomunidades en los programas y actuaciones que hayan de realizarse en su ámbito. 6. Otras administraciones públicas podrán delegar en las mancomunidades la ejecución de obras y prestación de servicios que estén incluidos dentro de su objeto y fines, siempre que la delegación venga acompañada de la completa financiación necesaria para su ejecución o prestación, y de acuerdo con lo contemplado en la legislación básica de régimen local. Se modifica el apartado 5 y se suprimen el 2 y 3 por el art. 69 de la Ley 5/2025, de 30 de mayo. Ref. BOE-A-2025-11959 Se declara la no inconstitucionalidad del apartado 4, siempre que se interprete conforme al fundamento jurídico 7.c), por Sentencia 105/2019, de 19 de septiembre. Ref. BOE-A-2019-14726

Tus anotaciones

Pro

eli/es-vc/l/2018/10/16/21#art-50

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil