Art. Disposición adicional quinta
En vigor desde 6 nov 2004
(Derogada)
Se deroga por la disposición derogatoria única.b) del Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre. Ref. BOE-A-2004-18911 . Se deroga el inciso destacado por la disposición derogatoria única de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre. Ref. BOE-A-1995-24262 .
Tus anotaciones
Proeli/es/l/1990/12/19/21#disposicion-adicional-quinta