Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 4
1-5
En vigor desde 31 dic 2017
En el caso de la letra b del artículo 4.1-1 será responsable subsidiario del pago de la tasa la persona titular de la conducción utilizada para dicho vertido.
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Proeli/es-vc/l/2017/12/28/20#art-4-4