Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO X

Art. 3

10-1

En vigor desde 31 dic 2017
1. Constituye el hecho imponible de esta tasa la prestación, por los órganos de la Generalitat competentes en materia de agricultura, de los servicios administrativos relativos al fomento, defensa y mejora de la producción agrícola que se detallan en el artículo 3.10-4. 2. No se producirá el hecho imponible en los supuestos de que los servicios que se detallan en el artículo 3.10-3 se realicen como consecuencia de la rectificación de la mención del sexo y nombre en el registro civil.
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eli/es-vc/l/2017/12/28/20#art-3-41

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