Título TÍTULO XXII›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 22
3-3
En vigor desde 1 ene 2024
1. El devengo se producirá en el momento en que se formalice el documento que regule la cesión de la exposición.
2. La exigibilidad de la cuota o cantidad a ingresar se producirá en el momento del devengo.
Se modifica por el de la Ley 7/2023, de 26 de diciembre. Ref. BOE-A-2024-2666
Tus anotaciones
Proeli/es-vc/l/2017/12/28/20#art-22-19