Capítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección primera. Registro de empresas audiovisuales de Cataluña

Art. 11

En vigor desde 16 ene 2011
Las empresas inscritas en el Registro de empresas audiovisuales de Cataluña tienen la obligación de comunicarse por medios electrónicos con el Instituto Catalán de las Industrias Culturales y el resto de organismos de la Generalidad competentes en materia cinematográfica y audiovisual, en todos los supuestos que se determinen por reglamento.
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eli/es-ct/l/2010/07/07/20#art-11

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