Título TÍTULO VIII

Art. Disposición transitoria quinta

En vigor desde 20 oct 2026
Excepcionalmente, no resultarán procedentes las acciones de resarcimiento no iniciadas, que puedan corresponder contra los ingresos indebidos generados con anterioridad a la entrada en vigor de la presente disposición.
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eli/es-vc/l/2026/04/14/2#disposicion-transitoria-quinta

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