Título TÍTULO IX›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 6.ª Infracciones y sanciones en materia de distintivo de calidad ambiental
Art. 175
En vigor desde 20 jun 2026
1. Se considera infracción grave el uso fraudulento del distintivo de calidad ambiental de la Administración de la Junta de Andalucía.
2. La comisión de esta infracción se sancionará con multa desde 6.001 hasta 15.000 euros.
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Proeli/es-an/l/2026/03/12/2#art-175