Título TÍTULO III
Art. Disposición adicional primera
En vigor desde 2 jul 2025
A partir de la entrada en vigor de esta ley, el Decreto 74/2010, de 1 de julio, por el que se establece el procedimiento de constitución de listas de empleo para el nombramiento de funcionarios interinos en los sectores de Administración general y docente no universitario de la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, así como de personal estatutario temporal en los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud, no será de aplicación en el sector de la Administración general, salvo en todo lo no previsto en la presente ley para las nuevas listas que se constituyan.
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Proeli/es-cn/l/2025/06/26/2#disposicion-adicional-primera