Título TÍTULO V

Art. Disposición final primera

En vigor desde 19 dic 2025
La Ley 10/2021, de 28 de diciembre, de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, queda modificada como sigue: Uno. Se añade un nuevo apartado 4 al artículo 62, quedando redactado del siguiente modo: «4. Tendrán derecho a una bonificación del 50 % las personas titulares de explotaciones de producción ecológica que se encuentren inscritas en el Sistema de Información de Producción Ecológica de Andalucía, de conformidad con el Reglamento (UE) 2018/848, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, sobre producción ecológica y etiquetado de productos ecológicos y por el que se deroga el Reglamento (CE) 834/2007 del Consejo.» Dos. Se añade una nueva disposición adicional cuarta, quedando redactada del siguiente modo: «Disposición adicional cuarta. Aplicación efectiva de la bonificación de la tasa por servicios facultativos veterinarios para titulares de explotaciones de producción ecológica. La aplicación efectiva de lo establecido en el apartado 4 del artículo 62 quedará condicionada a su compatibilidad con el ordenamiento comunitario.»
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