Título TÍTULO VIII›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 115
En vigor desde 25 abr 2023
De conformidad con la legislación básica, el personal funcionario tiene derecho a percibir dos pagas extraordinarias al año, las cuales estarán compuestas de las retribuciones básicas, cuyos importes vendrán determinados por la legislación básica estatal, y de los complementos de destino, específico y de carrera profesional, en los importes fijados por la Ley del Principado de Asturias de Presupuestos Generales.
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Proeli/es-as/l/2023/03/15/2#art-115