Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición transitoria segunda

En vigor desde 2 jul 2021
En tanto en cuanto se proceda a una reforma del Reglamento del Parlamento de Andalucía, al objeto de crear una nueva comisión permanente encargada de las relaciones del Parlamento de Andalucía con la Oficina, corresponderá esta función a la Comisión Consultiva de Nombramientos, Relaciones con el Defensor del Pueblo Andaluz y Peticiones.
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