Título TÍTULO VIII

Art. Disposición adicional sexta

En vigor desde 30 nov 2022
Las referencias que en esta Ley se realizan a la Consejería competente en materia de interior, se entenderán hechas a la Presidencia de la Junta de Extremadura. Se exceptúa de lo anterior el apartado 2 del artículo 20 de la presente Ley. Se añade por el .6 de la Ley 5/2022, de 25 de noviembre. Ref. BOE-A-2022-21019#a4-4

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eli/es-ex/l/2020/03/04/2#disposicion-adicional-sexta

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