Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 26
En vigor desde 31 oct 2020
Se entiende por estadística para fines de la comunidad autónoma la realizada con el fin de proporcionar información sobre la realidad territorial, medioambiental, demográfica, social, cultural y económica de Aragón, así como sobre cualquier materia relacionada con las competencias de la Comunidad Autónoma de Aragón, que sea declarada como tal conforme a lo previsto en esta ley.
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Proeli/es-ar/l/2020/10/22/2#art-26