Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección 3.ª Educación universitaria
Art. 48
En vigor desde 9 mar 2019
1. La Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria y la Universidad de Cantabria, en el ámbito de sus competencias, fomentarán la investigación relacionada con la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres.
2. Para ello, en sus convocatorias de apoyo a la investigación, la Comunidad Autónoma de Cantabria y la Universidad de Cantabria valorarán especialmente aquellos proyectos que:
a) Estén liderados por mujeres en aquellas ramas de la investigación en las que estén infrarrepresentadas.
b) Tengan en los equipos de investigación una representación equilibrada de mujeres y hombres.
c) Incorporen la perspectiva de género o contribuyan a la comprensión de las cuestiones relacionadas con la construcción social de la desigualdad entre mujeres y hombres.
d) Planteen medidas para eliminar las desigualdades y promover la igualdad entre mujeres y hombres.
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Proeli/es-cb/l/2019/03/07/2#art-48