Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 22
En vigor desde 20 abr 2018
1. De conformidad con el conjunto del ordenamiento jurídico, que incluye normas tanto de derecho internacional como de derecho interno, se declara la ilegalidad de los tribunales y de los procedimientos instruidos en las Illes Balears durante y en relación con la Guerra Civil y la Dictadura franquista hasta 1978, por ser contrarios a la ley y vulnerar las más elementales exigencias del derecho a un juicio justo.
2. Como consecuencia de la ilegalidad declarada en el apartado anterior, se deduce la nulidad de pleno derecho, originaria o sobrevenida, de todas las sentencias y resoluciones de las causas instruidas de carácter penal, civil y administrativo, dictadas por razones políticas en las Illes Balears, Tribunales Populares y por el régimen franquista, incluyendo las sentencias de los Consejos de Guerra, Tribunales de Responsabilidades Políticas, Tribunal Especial de Represión de la Masonería y el Comunismo y Tribunal de Orden Público (TOP), así como expedientes de depuración del magisterio.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ib/l/2018/04/13/2#art-22