Capítulo CAPÍTULO ÚNICOSecc. Sección 4.ª Procedimiento sancionador

Art. 20

En vigor desde 3 oct 2015
La Administración podrá imponer multas coercitivas y de forma sucesiva una vez transcurridos los plazos legales para el pago y actos de cumplimiento de las sanciones. Estas multas serán de 300 euros, si bien se podrá aumentar su importe hasta el 50 % a partir de la segunda, tomando en cada caso como referencia la cuantía de la multa inmediatamente anterior, hasta que se llegue a cumplir íntegramente el contenido de la resolución sancionadora.
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eli/es-cb/l/2015/10/01/2#art-20

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