Título TÍTULO VI
Art. 45
En vigor desde 17 jun 2014
1. El Consejo de Museos de Castilla-La Mancha se constituye como el órgano consultivo de las instituciones museísticas de Castilla-La Mancha, quedando adscrita a la Consejería competente en materia de museos.
2. El Consejo de Museos de Castilla-La Mancha actuará con plena independencia en el ejercicio de sus funciones.
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Proeli/es-cm/l/2014/05/08/2#art-45