Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO VII

Art. Disposición final primera

En vigor desde 26 ene 2014
1. Se suprime el documento «cédula de habitabilidad» para segundas y posteriores ocupaciones de edificios de viviendas o alojamientos residenciales, prevista en el artículo segundo del Decreto 469/1972, de 24 de febrero, sobre simplificación de trámites para expedición de la cédula de habitabilidad. 2. Mediante orden del Consejero de Obras Públicas, Urbanismo, Vivienda y Transportes, se establecerán las condiciones de habitabilidad mínimas que han de reunir las viviendas.
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eli/es-ar/l/2014/01/23/2#disposicion-final-primera

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