Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO IV

Art. 115

En vigor desde 1 may 2012
En vía de apremio, la Xunta de Galicia podrá embargar cualquier bien o derecho que se encuentre en el territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia. A estos efectos, la Inspección de Consumo podrá, a solicitud de los órganos competentes, proceder a su inmovilización y decomiso.
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eli/es-ga/l/2012/03/28/2#art-115

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