Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 2.ª Actos jurídicos documentados
Art. 10
DerogadoEn vigor desde 29 jun 2012
La cuota tributaria se obtendrá aplicando sobre la base liquidable el tipo general del 1,20 por 100 en las primeras copias de escrituras y actas notariales sujetas como Documentos Notariales, sin perjuicio de los tipos impositivos que para determinadas operaciones se establecen con carácter específico.
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Proeli/es-ex/l/2012/06/28/2#art-10