Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 2.ª Fomento del turismo

Art. 21

En vigor desde 2 ago 2011
Las Administraciones Turísticas impulsarán la creación, conservación, sostenibilidad y mejora de los recursos turísticos, brindando apoyo a las iniciativas públicas y privadas que persigan esta misma finalidad.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ex/l/2011/01/31/2#art-21

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil