Art. Disposición adicional primera
En vigor desde 24 may 2008
En el órgano de administración de la Corporación Empresarial Pública de Aragón las Cortes de Aragón estarán representadas por dos miembros a propuesta de los Grupos Parlamentarios de la oposición, de acuerdo con lo que disponga el Reglamento de la Cámara.
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