Capítulo Capítulo III

Art. 13

En vigor desde 13 jun 2007
1. La Administración de la Generalidad y las demás administraciones públicas pueden suscribir convenios de colaboración específicos para la liquidación y el pago global de las tasas por la publicación de anuncios en el DOGC. 2. La Administración de la Generalidad puede suscribir convenios con particulares para la liquidación y el pago de las tasas correspondientes a la publicación de anuncios en el DOGC.
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eli/es-ct/l/2007/06/05/2#art-13

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