Título Funciones de los cuerpos y las escalas›Capítulo Funciones de los cuerpos especiales y de las escalas que forman parte de los mismos
Art. Disposición adicional sexta
En vigor desde 14 jun 2026
1. Además de las titulaciones previstas en esta ley, permiten el acceso a los diferentes cuerpos y escalas las titulaciones y los requisitos siguientes:
a) El título de formación profesional de grado medio en farmacia y parafarmacia es la titulación exigida para acceder a la especialidad en farmacia y parafarmacia, escala sanitaria, cuerpo ayudante facultativo.
b) El certificado de formación básica marítima es el requisito exigido para acceder a la especialidad de agente de pesca, escala de agentes de medio ambiente, cuerpo ayudante facultativo.
c) Para acceder a la escala de agentes de medio ambiente del cuerpo ayudante facultativo se exige el permiso de conducir B.
Se añade por la disposición final 41.2 de la Ley 4/2026, de 11 de junio. Ref. BOE-A-2026-15579#df-41
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Proeli/es-ib/l/2007/03/16/2#disposicion-adicional-sexta