Título TÍTULO VIII

Art. Disposición final quinta

En vigor desde 29 may 2006
La Junta de Castilla y León dictará las disposiciones necesarias para el desarrollo de los preceptos de esta Ley y dentro del plazo de seis meses desde la publicación de la misma las relativas al control interno.
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eli/es-cl/l/2006/05/03/2#disposicion-final-quinta

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