Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición adicional segunda

En vigor desde 3 jun 2005
Las normas contenidas en esta ley se aplicarán sin perjuicio de lo dispuesto en la legislación sobre protección y defensa de los consumidores y usuarios.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-vc/l/2005/05/27/2#disposicion-adicional-segunda

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil