Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición adicional tercera

En vigor desde 12 mar 2005
Se establecerán protocolos entre los diferentes departamentos de la Xunta de Galicia competentes en las materias relacionadas con el objeto de la presente ley a fin de coordinar los controles y sistemas de información para garantizar la trazabilidad de los productos alimentarios y el cumplimiento de la normativa de aplicación.
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eli/es-ga/l/2005/02/18/2#disposicion-adicional-tercera

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