Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO II
Art. Disposición adicional segunda
En vigor desde 12 mar 2005
Se faculta al Consejo de la Xunta a que por norma de carácter reglamentario establezca nuevas figuras de protección de la calidad agroalimentaria.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ga/l/2005/02/18/2#disposicion-adicional-segunda