Art. Disposición adicional tercera
Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición adicional tercera

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En vigor desde 12 mar 2005
Se establecerán protocolos entre los diferentes departamentos de la Xunta de Galicia competentes en las materias relacionadas con el objeto de la presente ley a fin de coordinar los controles y sistemas de información para garantizar la trazabilidad de los productos alimentarios y el cumplimiento de la normativa de aplicación.
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