Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO I

Art. 23

En vigor desde 28 oct 2004
Las limitaciones generales de uso reguladas en cada categoría de protección se entienden sin perjuicio del régimen más restrictivo que pudiera establecer la legislación sectorial o el planeamiento municipal.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-cb/l/2004/09/27/2#art-23

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil