Art. 2
En vigor desde 12 mar 2004
El Colegio Oficial de Ingenieros en Informática de las Illes Balears agrupa a los que tienen la titulación universitaria de licenciado o ingeniero en informática, o cualquier otra que haya obtenido la homologación de la autoridad pública competente.
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Proeli/es-ib/l/2004/03/02/2#art-2