Título TÍTULO X
Art. Disposición transitoria tercera
En vigor desde 10 mar 2003
Hasta tanto el Gobierno apruebe los distintos reglamentos que desarrollen el régimen sustantivo de las viviendas a las que se refiere la presente Ley y, en particular de las viviendas protegidas, serán de aplicación las normas estatales y autonómicas sobre vivienda de protección oficial y vivienda libre.
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Proeli/es-cn/l/2003/01/30/2#disposicion-transitoria-tercera