Título TÍTULO III

Art. Disposición adicional quinta

En vigor desde 30 mar 2003
Los miembros de la Junta de Coordinación Universitaria de las Illes Balears dejarán de pertenecer a la misma en el momento que cesen en sus cargos o sean relevados por los que los designaron.
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eli/es-ib/l/2003/03/20/2#disposicion-adicional-quinta

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