Título TÍTULO IV

Art. 46

En vigor desde 2 jul 2002
Antes de emitir el informe de Evaluación Ambiental de Actividades, si el órgano competente para ello considera que el mismo debe ser desfavorable, o que deben imponerse medidas correctoras, dará traslado de la propuesta del informe al promotor, a fin de que, en plazo de diez días, pueda formular las alegaciones que estime pertinentes.
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eli/es-md/l/2002/06/19/2#art-46

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